El Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia del Estado de Nueva York (ERAP, por sus, por sus familiares) proporcionará un alivio económico significativo para ayudar a los hogares de ingresos bajos y moderados en riesgo de experimentar la falta de vivienda o la inestabilidad de la vivienda al proporcionar atrasos en el alquiler, asistencia temporal de alquiler y asistencia para los atrasos en los servicios públicos.
Siete comunidades que recibieron fondos para asistencia de alquiler de emergencia directamente del gobierno federal optaron por administrar sus propios programas. Los residentes de la ciudad de Rochester y el condado de Monroe, la ciudad de Yonkers,el condado de Onondaga y las ciudades de Hempstead, Islip y Oyster Bay deben solicitar asistencia de alquiler de emergencia con sus programas locales y no son elegibles para recibir asistencia del Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia administrado por el estado.
Elegibilidad
Los residentes de Nueva York son elegibles para el ERAP si cumplen con todos los siguientes criterios:
- El ingreso bruto de los hogares es del 80 por ciento o menos del ingreso medio del área (IAM). Estos límites de ingresos difieren según el condado y el tamaño del hogar. Un hogar puede calificar según los ingresos actuales o los ingresos del año calendario 2020 que estén en o por debajo del 80 por ciento de AMI.
- A partir del 13 de marzo de 2020, un miembro del hogar recibió beneficios de desempleo o experimentó una reducción en los ingresos, incurrió en costos significativos o experimentó dificultades financieras, directa o indirectamente, debido a la pandemia de COVID-19.
- El solicitante está obligado a pagar el alquiler en su residencia principal y tiene atrasos de alquiler (alquiler vencido) en su residencia actual para el alquiler adeudado a partir del 13 de marzo de 2020.
- El hogar debe estar en riesgo de experimentar falta de vivienda o inestabilidad en la vivienda, lo que se puede demostrar al tener atrasos en el alquiler adeudados a partir del 13 de marzo de 2020.
No hay requisitos de estatus migratorio para calificar para el programa.
Los hogares elegibles para atrasos de alquiler también pueden ser elegibles para recibir ayuda para pagar los atrasos de servicios públicos en la misma unidad de alquiler.
Aplicaciones prioritarias
Durante los primeros 30 días del programa, se dará prioridad a los hogares en el siguiente orden:
- Hogares con ingresos igual o inferiores al 50 por ciento del ingreso medio del área (AMI, por sus) que también incluyen a un miembro del hogar que:
- Actualmente está desempleado durante al menos 90 días; o
- Es un veterano; o
- Actualmente está sufriendo violencia doméstica o es sobreviviente de trata de personas; o
- Tiene un caso de desalojo relacionado con su residencia actual pendiente en la corte; o
- Reside en una casa móvil; o
- Vive en una comunidad que se vio desproporcionadamente afectada por COVID-19 (Revise su código postal); o
- Vive en una vivienda de 20 o menos unidades.
- Hogares con ingresos igual o inferior al 50 por ciento de IAM.
- Hogares con ingresos igual o inferiores al 80 por ciento de AMI que también incluyen a un miembro del hogar que:
- Actualmente está desempleado durante al menos 90 días; o
- Es un veterano; o
- Actualmente está sufriendo violencia doméstica o es sobreviviente de trata de personas; o
- Tiene un caso de desalojo relacionado con su residencia actual pendiente en la corte; o
- Reside en una casa móvil; o
- Vive en una comunidad que se vio desproporcionadamente afectada por COVID-19 (Revise su código postal); o
- Vive en una vivienda de 20 o menos unidades.
- Hogares con ingresos igual o inferior al 80 por ciento de IAM.
Después de los primeros 30 días, las solicitudes para todos los hogares elegibles se procesarán por orden de llegada, siempre y cuando los fondos permanezcan disponibles.
Bneficios
Los hogares aprobados para el ERAP pueden recibir:
- Hasta 12 meses de pagos atrasados de alquiler por alquileres acumulados a partir del 13 de marzo de 2020.
- Hasta 3 meses de asistencia adicional para el alquiler si se espera que el hogar gaste el 30 por ciento o más de su ingreso mensual bruto para pagar el alquiler.
- Hasta 12 meses de pagos atrasados de servicios públicos de electricidad o gas por atrasos acumulados a partir del 13 de marzo de 2020.
Los pagos se realizarán directamente al propietario / propietario y la compañía de servicios públicos en nombre del inquilino. Los solicitantes de inquilinos serán notificados de las cantidades pagadas en su nombre. Si un propietario es difícil de localizar o no proporciona la información necesaria para completar la solicitud, los fondos se mantendrán por hasta 180 días para permitir el tiempo suficiente para localizar al propietario y recopilar la información requerida, así como para proporcionar protecciones al inquilino y maximizar la participación del propietario.
Nota original: Programa de Asistencia de Alquiler de Emergencia | OTDA (ny.gov)